Los servicios asistenciales de DARAMIX S.A. “RUA ASISTENCIA” o “PRESTADOR”, para los clientes de “ULTRAMAYORISTA” o “EL CONTRATANTE”; se regirán por las siguientes Condiciones Generales, para la prestación de los Servicios de ASISTENCIA DOMICILIARIA, MEDIPHONE, ASISTENCIA NUTRICIONAL, ASISTENCIA LEGAL, ASISTENCIA PSICOLÓGICA, ASISTENCIA MULTIMEDIA y ASISTENCIA VETERINARIA , en todo el territorio de la República Oriental del Uruguay.


Para solicitar los servicios asistenciales aquí incluidos, el beneficiario deberá, en todos los casos, comunicarse con la Central de Operaciones de RUA Asistencia al 29159743, dando sus datos personales, para contar con la autorización correspondiente. 

PRIMERO. - OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO:

Para permitir a DARAMIX S.A. asistir al beneficiario, queda expresamente convenido para todos los servicios comprendidos a continuación la obligación a cargo del beneficiario de: 

  1. Obtener la autorización de RUA Asistencia a través de su Central de Operaciones antes de tomar cualquier iniciativa o realizar cualquier gasto. 
  2. Aceptar las soluciones encomendadas por DARAMIX S.A. 
  3. Proveer los comprobantes originales de gastos reembolsables a RUA.


SEGUNDO. – DEFINICIONES:

  1. Beneficiario: La persona física que suscribe el contrato como titular, su cónyuge o concubino/a, los hijos menores de 21 años (de ambos o de alguno de ellos). La cobertura será para el núcleo familiar del Titular, siempre y cuando vivan en el mismo domicilio. 
  2. Domicilio del Beneficiario: El domicilio declarado al momento de la contratación.
  3. Enfermedad: Cualquier alteración en la salud del usuario que suceda, se origine, se manifieste por primera vez o descompense si es preexistente, comprometiendo el estado vital del usuario durante la vigencia del servicio.
  4. Equipo jurídico: El personal del departamento jurídico de la compañía de asistencia, que presta los servicios de orientación jurídica a los usuarios, en los casos y con las limitaciones contemplados en este contrato.
  5. Familiar en 1er grado: Cuando se menciona el término familiar en 1er. Grado se referirá al padre, madre, cónyuge e hijos.
  6. Prestador de servicios: Son aquellas personas físicas y o jurídicas que proporcionan los servicios en forma directa a los usuarios.
  7. Representante a los efectos de este contrato: Cualquier persona, sea o no acompañante del usuario que realice gestión alguna para la prestación de los servicios de asistencia y que acredite su representación mediante carta firmada y copia de cedula del beneficiario.
  8. Servicios de asistencia: Los servicios asistenciales que presta RUA Asistencia a través de terceras empresas a los usuarios.


TERCERO.- ASISTENCIA DOMICILIARIA:

El presente servicio de Asistencia Domiciliaria cubrirá un máximo de 2 Asistencias Domiciliarias por cada Beneficiario por año.


Los costos de desplazamiento del operario, materiales y mano de obra (hasta una hora), serán de cargo de RUA ASISTENCIA. Estos que serán cubiertos hasta un tope máximo de $1500 (pesos uruguayos mil quinientos) por evento. Se entiende como materiales básicos, los elementos necesarios para realizar el trabajo de emergencia (cinta, teflón, punto de soldadura, silicona, resortes, tornillos, gomas, cable eléctrico, etc.). Esta cobertura no incluye el suministro de repuestos tales como: cañerías, cerraduras, llaves eléctricas o térmicas, griferías, canillas, revestimientos, loza sanitaria, etc., los cuales serán a entero cargo del beneficiario. Los trabajos disponen de 90 días de garantía. 


RUA ASISTENCIA enviará, al domicilio residencial del BENEFICIARIO, un prestador de servicios que se encargara de atender las siguientes eventualidades:


(A) PLOMERIA:  

Se consideraran dentro de esta categoría las fallas por rotura de cañerías, llaves u otras instalaciones fijas de agua en el interior de la vivienda y que requieran urgente solución por generar una pérdida de agua no contenida que pueda causar daño al inmueble. RUA ASISTENCIA enviará un técnico que realizará la reparación de urgencia que se requiera para subsanar la avería, siempre y cuando sea permitido por el estado de las instalaciones. La reparación estará limitada a averías que requieran urgente solución, y siempre sobre instalaciones visibles de suministro o evacuación. 

Exclusiones:

La reparación de averías o fallas de cualquier elemento ajeno a las cañerías, llaves y otras instalaciones de origen propias de la vivienda.

La reparación de daños por filtración o humedad aunque sean consecuencia de la rotura de las cañerías y otras instalaciones mencionadas en la letra anterior.

La reparación y/o reposición de aparatos sanitarios, calderas, calentadores, radiadores, aire acondicionado y, en general, cualquier electrodoméstico conectado a las cañerías de agua.

Las obstrucciones de cañerías y los trabajos de mantenimiento, tales como cambios de ajustes de llaves, graseras, cámaras, etc., así como cualquier reparación no originada en una falla, tendiente a la mejora de las instalaciones existentes.

Las instalaciones de propiedad comunitaria o de terceros, no se consideran pertenecientes a la vivienda, aun cuando puedan estar situadas en su predio o recinto. 


(B) ELECTRICIDAD:  

Esta categoría comprende aquellos casos de falta de suministro eléctrico, total o parcial en la vivienda, producido como consecuencia de una falla o avería de las instalaciones eléctricas internas de la misma. RUA Asistencia enviará un técnico que realizará la reparación de urgencia necesaria para restablecer el suministro de energía, siempre que sea posible por el estado de las instalaciones eléctricas.

La reparación estará circunscripta a fallas o averías que requieran urgente solución, no incluyendo trabajos de envergadura, como la renovación de tendidos eléctricos o reparaciones de magnitud.

Quedan excluidas de la cobertura: 

La reparación de elementos propios de la iluminación tales como lámparas, bombillas, u otros, así como la reparación de averías de aparatos de calefacción, electrodomésticos y, en general, de cualquier aparato que funcione por suministro eléctrico. Los trabajos de mantenimiento o de mejora de las instalaciones existentes, no originadas en una falla o avería en las mismas. 


(C) CERRAJERÍA:

Bajo esta categoría se comprenden aquellos casos en que exista imposibilidad de acceso o salida de la vivienda, como consecuencia de extravío, robo de llaves o inutilización de cerraduras por otra causa accidental. RUA Asistencia enviará un técnico que realizará la reparación de urgencia necesaria para realizar la apertura y el correcto funcionamiento de la cerradura. 

La asistencia estará limitada a la apertura y/o reparación de la cerradura o cerrojo, o instalación de un nuevo sistema, pero no incluyendo los repuestos, juegos de llaves, ni el costo del sistema de seguridad que deba instalarse en reemplazo del existente que hubiere quedado inutilizable.

Exclusiones

La asistencia de cerraduras o puertas, siempre que exista la posibilidad de ingreso o egreso de la vivienda por una puerta alternativa, en cuyo caso se enviará un técnico a analizar la situación y presupuestar el trabajo a realizar.


(D) VIDRIERIA:  

Reposición de vidrios rotos en puertas y ventanas que formen parte del revestimiento del domicilio registrado (vidrios verticales, en relación al piso). RUA Asistencia enviará un operario que procederá a la reposición del elemento afectado por la rotura.

Los costos de desplazamiento del operario, mano de obra que se requieran para la reposición, y el cristal, serán a cargo de RUA Asistencia hasta un tope económico de $1.000 (pesos uruguayos mil) por evento. 

Exclusiones

La reposición de cristales internos, o de posición horizontal como claraboyas, o que aún verticales no estén dentro del domicilio registrado. Cristales especiales y/o artísticos (ejemplo: vitró). 


(E) CONEXIÓN CON TÉCNICOS DEL HOGAR:

Envío de un profesional destinado a la atención de los servicios que requiera el BENEFICIARIO. El costo de los mismos correrá por cuenta del BENEFICIARIO. 

A solicitud del BENEFICIARIO se enviará un especialista a su domicilio, para cotizar cualquier trabajo de reparación, mantenimiento, ampliación, o remodelación que este requiera fuera de cualquier situación de emergencia. Incluye el envío de albañiles, plomeros, gasistas, electricistas, ornamentadores, cerrajeros, vidrieros, pintores, carpinteros, entre otros.

El especialista presentará al TITULAR y a RUA ASISTENCIA el presupuesto y programa de ejecución. Además analizará y dará sus recomendaciones para que el BENEFICIARIO decida en definitiva.

Una vez que el BENEIFICIARIO haya aceptado el presupuesto asumiendo la totalidad del costo de los trabajos a realizar se iniciará el trabajo según los días y horarios que se coordinen entre el BENEFICIARIO y el especialista.

Durante la ejecución de los trabajos, el BENEFICIARIO podrá dirigirse a RUA ASISTENCIA, ante cualquier inconformidad o deficiencia con respecto a los servicios recibidos. Todos los servicios en conexión cuentan con una garantía de 90 días. Ilimitado. 


CUARTO. – ASISTENCIA VETERINARIA:

Aplica únicamente a animales domésticos que habiten permanentemente en el domicilio de residencia del BENEFICIARIO.


(A) APARTAMIENTO DE RESTOS:  

En caso de fallecimiento de la mascota del BENEFICIARIO, que compartiera el domicilio residencial con el mismo, se coordinará y costearán los gastos de eliminación de los restos. Limitado a 1 evento por año hasta $1500 (pesos uruguayos mil quinientos).


(B) ORIENTACIÓN LEGAL VETERINARIA:

En caso de que el BENEFICIARIO haya sido demando por daños a terceros causados por su mascota se lo contactará telefónicamente con un abogado para que lo asesore respecto del modo en que deberá proceder ante la demanda levantada en su contra. Ilimitado.

En caso que la demanda realizada haya provocado que el BENEFICIARIO quede demorado por las autoridades, RUA ASISTENCIA le brindará representación legal desde el momento en que haya quedado demorado y hasta su liberación por las autoridades correspondientes. Limitado a 2 eventos por año hasta $2000 (pesos uruguayos dos mil) por evento.


(C) GUARDERÍA DE MASCOTA:

En caso que el BENEFICIARIO, por indicación médica debiera permanecer hospitalizado por un lapso superior a 5 días y en el domicilio residencial del BENEFICIARIO no residieran otras personas que pudieran encargarse del cuidado de la mascota, se coordinará y costeará la guarda de la mascota en una guardería u hotel de mascotas a designación de RUA ASISTENCIA.  Limitado a 2 eventos por año con un máximo de 3 días por evento y  hasta un tope de $1000 (pesos uruguayos mil) por día.


(D) ORIENTACION VETERINARIA TELEFÓNICA:

A solicitud del BENEFICIARIO, RUA ASISTENCIA lo contactará telefónicamente con sus médicos veterinarios para que le den orientación sobre padecimientos y / o cuidados de la mascota. Ilimitado.


(E) REFERENCIAS VETERINARIAS:

A petición del BENEFICIARIO RUA ASISTENCIA proporcionará información relacionada con clínicas y hospitales veterinarios, estéticas caninas, tiendas de accesorios para mascotas, criaderos, pensiones, adiestramiento, concursos caninos, alimento, servicios funerarios, albergues, programas de vacunación, asilos, esterilización, organismos protectores de animales, rehabilitación y ortopedia, perros lazarillos, SPA´S, colocación de chips de localización, eventos especiales, limpieza dental, cirugía de orejas, amputación de dedos, cementerios, castraciones, travel (Asesoramiento en documentación y trámites por viajes al exterior), desparasitaciones, adopción, urgencias 24 hs., paseadores, ventas (a través de criaderos y veterinarias) / cruzas para reproducción, laboratorios / rayos / estudios. Ilimitado.


(F) SERVICIOS VETERINARIOS:

A solicitud del BENEFICIARIO RUA ASISTENCIA coordinará los siguientes servicios: Tratamientos veterinarios u operaciones. Adiestramiento canino. Veterinario a domicilio. El costo de dichos servicios estará a cargo del BENEFICIARIO. RUA ASISTENCIA coordinará costos preferenciales para el BENEFICIARIO para los mencionados servicios.


(G) ENTIERRO Y SEPULTURA:

A solicitud del BENEFICIARIO RUA ASISTENCIA coordinará el entierro en exclusivos Cementerios de mascotas. El costo del servicio será a cargo del BENEFICIARIO.


(H) INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS: 

En caso de accidente (atropellos, agresiones entre animales, fracturas, luxaciones, consunciones, heridas traumáticas, accidente de circulación, caídas desde altura que origine traumatismo o lesiones internas e ingesta de cuerpos extraños) que ameritare una intervención quirúrgica, RUA Asistencia abonará el costo de la misma y los gastos del caso como (honorarios profesionales, exámenes, anestésicos, medicamentos, prótesis, estancia en clínica, cuidados post operatorios, etc.) hasta un tope económico de USD 60 (dólares americanos sesenta) y un evento al año.  

Están excluidas, pudiendo coordinarse a cargo del Beneficiario, todas las intervenciones quirúrgicas que no sean producto de un accidente o las destinadas a corregir o suprimir defectos meramente estéticos, cómo corte de orejas, cola, u otros, así como las esterilizaciones o castraciones; lesiones resultantes de malos tratos o negligencia, gastos relacionados con enfermedades, enfermedades congénitas, hereditarias, lesiones existentes con anterioridad a la vigencia del seguro


QUINTO. – ASISTENCIA LEGAL:

A requerimiento del usuario se lo contactará telefónicamente con un abogado especializado para que realice cualquier consulta en referencia a algún tema legal, como por ejemplo de las siguientes ramas del Derecho: Derecho Laboral, Derecho Civil, Derecho de Familia, Derecho Mercantil, etc.


 (A) ASESORAMIENTO EN SITUACIONES COMO:

Robo del domicilio o del automóvil. Accidente automovilístico, fallecimiento de un familiar, extravío o robo de documentos.


(B) CONSULTAS SOBRE DERECHOS RELATIVOS A SU VEHICULO:

Por accidentes de circulación, daños causados por mercancías transportadas, delitos por omisión de socorro, conducción sin autorización administrativa, etc.


(C) ELABORACIÓN, REVISIÓN Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS LEGALES:

Contratos de Trabajo, Denuncia por robo o por pérdida de documentos personales, pérdida de bienes materiales, pérdida de licencia de conducir, etc.

Elaboración de Minutas para:

Compra Venta de bienes, Poderes, generales y especiales, Revocatoria de Poderes, Permisos de Salida, Hipotecas, Cancelaciones de Hipotecas, Promesas de Compra Venta, Posesión efectiva,Garantías Económicas.


(D) ACCESO A INFORMACIÓN ADICIONAL COMO:

Valores pago Impuesto Predial, Obtención RUT. Apertura de empresas, impuestos, etc. Requisitos en general para trámites legales en las áreas descritas.


El asesoramiento legal telefónico es limitado hasta tres eventos anuales. La redacción de documentos y el asesoramiento legal in situ o durante procesos judiciales será a cargo del Beneficiario.


SEXTO. - MEDIPHONE:

El servicio consiste en el asesoramiento médico telefónico, prestado por profesionales médicos, para resolver cualquier duda que al cliente se le pueda plantear, referente a enfermedades, tratamientos, prevención de la salud, medicamentos, asesoramiento en la comprensión de informes y diagnósticos, así como respecto a la especialidad más indicada para la resolución de su problema de salud. No hay límites de eventos para este servicio.


(A) CONSEJO MÉDICO TELEFÓNICO:

En caso de necesidad, el Beneficiario podrá efectuar con el equipo médico de la RUA ASISTENCIA una consulta médica telefónica, durante las 24 horas del día los 365 días del año.


(B) COBERTURA DE INFORMACIÓN SANITARIA:

Esta información médica podrá versar sobre los siguientes aspectos:

Procedimientos a seguir en determinadas patologías, consejos ante urgencias médicas, medicina preventiva, consejos de salud en general, consultas farmacológicas: posologías, interacciones. Centros sanitarios: públicos y privados. Embarazo, lactancia, infancia. Accidentes domésticos. Síndromes geriátricos. Enfermedades degenerativas. Consultas analíticas, vacunas. Ayuda en la comprensión de informes y diagnósticos.


(C) DESCRIPCIÓN DEL PERSONAL Y TRATAMIENTO TÉCNICO:

El equipo médico tratante, es de amplia experiencia y se desempeña enmarcado por el código de ética y secreto profesional, lo cual garantiza la confidencialidad de las consultas atendidas y apoyados por los más estrictos protocolos de orientación médica telefónica.


(D) OBJETO Y ALCANCE DEL SERVICIO:

Las recomendaciones dadas en ningún caso constituyen la realización de diagnóstico, indicación de tratamiento médico, ni prescripción de medicamentos. El consejo orientará al Beneficiario pero no suplirá en modo alguno la eventual consulta personal que el interesado deba tener con su médico o institución médica de confianza.


SÉPTIMO. – ASISTENCIA NUTRICIONAL:

El servicio brinda acceso al consejo de nuestro equipo de nutrición, las 24 horas al día los 365 días al año y puede ser utilizado por el titular, cónyuge e hijos menores de 21 años que residan bajo el mismo techo.


(A) ORIENTACIÓN TELEFÓNICA:

Nuestros especialistas calcularán el índice de masa corporal (IMC) del Beneficiario y evaluarán si existe algún grado de riesgo. Se le orientará sobre el peso ideal en relación a su edad y actividad física diaria. Adicionalmente proporcionarán al Beneficiario, orientación telefónica sobre los alimentos más adecuados y la rutina de ejercicio más conveniente y compatible con las posibilidades del Beneficio. Este beneficio alcanza hasta dos eventos mensuales.


(B) CONSULTA WEB:

Consultas con  nuestros profesionales vía e-mail. Le enviamos consejos especialmente desarrollados por nuestro equipo médico que le ayudarán a conseguir su objetivo. Este servicio no tiene límite de eventos.


(C) ATENCIÓN EN DOMICILIO:

En caso de que el Beneficiario requiera una asesoría más personalizada, se le coordinará la visita al domicilio de nuestros nutricionistas con costo preferencial para el Beneficiario, donde podrá gestionar el diseño de un Plan de Actividad y alimentación para él y el grupo familiar. Servicio en conexión, sin límite de eventos y con costo bonificado para el beneficiario.


OCTAVO. – ASISTENCIA PSICOLOGICA:

Nuestros psicólogos especialistas ofrecerán al Beneficiario asesoramiento, consultas y orientación a distancia, sobre problemáticas comunes como; depresión, adicciones, divorcios, violencia, problemas escolares, etc.


(A) ORIENTACIÓN TELEFÓNICA:

La asistencia será otorgada de manera anónima, sin recetar medicamentos, no emitir diagnóstico alguno. El objetivo es ayudar a la persona a través de la escucha activa, proporcionándole información y apoyo psicológico, para desarrollar y potenciar recursos personales que permitan afrontar los conflictos que se le presentan y que le están creando algún tipo de malestar. Dependiendo de la problemática y la demanda de la persona, se realizan labores de información, orientación, diagnóstico y tratamiento, y derivación en aquellos casos en los que considere necesario o existan servicios y recursos especializados.

La problemática atendida es variada: problemas de relación, separación, hijos, pareja, violencia doméstica, desorientación personal, piscología infantil, problemas escolares.   

En cualquiera de los casos, la asistencia será otorgada de manera anónima, sin recetar medicamentos, ni emitir diagnostico alguno. La duración de la llamada tendrá un tiempo máximo de 30 minutos por sesión, limitada a la 1 sesión sin costo por mes.


(B) TRATAMIENTOS:

Orientación acerca de las medidas a seguir, según requiera el caso remitiéndolo a: Visita al consultorio de un terapeuta o citas con terapeutas en una clínica o centro hospitalario. La atención en consultorio será con precios preferenciales, a cargo del Beneficiario.


(C) INFOMACIÓN SANITARIA:

Además tendrá derecho a información general acerca de hospitales, clínicas e instituciones médicas de nuestra red a nivel nacional e internacional. Sin límite de eventos.


NOVENO. – ASISTENCIA MULTIMEDIA:

El Servicio de Asistencia Multimedia comprende los siguientes equipos electrónicos: Tablet, Notebook, Celulares y Smartphone.


(A) ATENCIÓN TELEFÓNICA TECNOLÓGICA LAS 24 HS LOS 365 DIAS DEL AÑO:

A requerimiento del usuario un técnico especializado responderá sus preguntas y tratará de solucionar el problema del usuario vía telefónica. El servicio aquí indicado se realizará sin límites de eventos.


(B) RECUPERO DE DATOS: 

En caso de incapacidad para acceder a la información almacenada en su dispositivo móvil, RUA ASISTENCIA se hará cargo del recupero de los datos del Beneficiario siempre que el equipo así lo permita.


Mediante esta prestación, se recupera información pérdida de medios de almacenamiento digital, que presentan fallas a nivel lógico, electrónico, mecánico, o una mezcla de estas tres cosas. La recuperación de datos de medios de almacenamiento actuales, al ser dispositivos complejos en su funcionamiento y construcción, demanda personal profesional, altamente calificado para la tarea, y materiales específicos, tanto herramientas como hardware y software.


Es importante que ante la pérdida de datos, o del acceso a los mismos, no insista en acceder al disco, esto solo generará más problemas dado que pueden dañarse aún más, es por esto que ante un caso de pérdida de datos, apague el dispositivo y comuníquese con RUA ASISTENCIA, que le brindará un servicio de diagnóstico gratuito y profesional de su soporte en un plazo máximo de 48 horas. El servicio indicado se realizará con un límite de hasta 3 eventos anuales con un tope máximo de $ 1500 (pesos uruguayos mil quinientos). 


(C) ASISTENCIA REMOTA: 

A requerimiento del Beneficiario un técnico especializado responderá sus preguntas y tratará de solucionar el problema del usuario vía telefónica.


Un técnico especializado brindará al usuario la información que solicite acerca de Software o Hardware que el usuario posea o desee adquirir. Esta información se dará en base a los conocimientos técnicos del operador y de la información oficialmente publicada en cada caso por la empresa. 


Adicionalmente, un Operador especializado, brindará ayuda al usuario para la configuración en su equipo de anti-spyware, para que este pueda hacer uso de su dispositivo, así como enviar y recibir correos electrónicos de manera más segura. Finalmente, el técnico podrá remotamente configurar y/o hacer cambios en el equipo del usuario, sin necesidad de que este participe del proceso. El servicio aquí indicado se realizará sin límites de eventos. 


(D) REPARACIÓN ESPECIALIZADA

A requerimiento del Beneficiario podrá acceder a exclusivo servicio de reparación Notebooks, Tablets y Smatphones, solucionando cualquier problema del equipo. Se atienden todas las marcas y modelos. Además contamos con un laboratorio equipado para realizar la reparación que sea requerida. Todos los trabajos cuentan con garantía.

En caso de que deba llevar un equipo a nuestro servicio técnico podrá registrarse desde tu domicilio antes de venir. Comunicándose a nuestra central telefónica.

El servicio indicado se realizará sin límite de eventos y con costo preferencial para el beneficiario.   


(E) ENVÍO DE UN TÉCNICO A DOMICILIO CON COSTO PREFERENCIAL:

En caso de requerir un técnico a domicilio, RUA ASISTENCIA enviará un técnico al domicilio del BENEFICIARIO. El costo del servicio será a cargo del BENEFICIARIO. 

RUA ASISTENCIA coordinará a costos preferenciales para el BENEFICIARIO en los siguientes rubros: limpieza de PC, cambio de partes, configuración de periféricos, formateo de disco duro, re-instalación de sistemas operativos, instalación de software, mantenimiento preventivo, reparaciones, implantación y gestión de copias de seguridad. Además referencia, asesoramiento y coordinación para: Hardware y Software, diseño y montaje de redes, licencias, diseño de páginas web y gestión de dominios, ampliación de equipos. Ilimitado.   


DÉCIMO. – OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD:

El Prestador queda relevado de responsabilidad cuando por casos fortuitos o de fuerza mayor, tales como actos de sabotaje, guerras, catástrofes de la naturaleza, dificultades en los medios de comunicación o cualquier otro hecho que no haya podido preverse o que previsto no ha podido evitarse, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este condicionado. Cuando situaciones de esta naturaleza ocurrieran, el Prestador se compromete a ejecutar sus compromisos dentro del menor plazo posible.

Cuando se produzca alguno de los hechos objeto de las prestaciones garantizadas por este Condicionado, el Beneficiario solicitará por teléfono la asistencia correspondiente, indicando sus datos identificatorios, el lugar y teléfono donde se encuentra y la clase de servicio que necesita antes de iniciar cualquier acción o efectuar cualquier pago.

DARAMIX S.A. tomará el lapso prudencial (según los casos) para determinar la asistencia, o en su caso determinar el alcance de la prestación, observando los tiempos de respuesta al auxilio.El Beneficiario conoce esta circunstancia y acepta el alcance de la misma. DARAMIX S.A. se reserva el derecho de solicitar al Beneficiario el reembolso de cualquier gasto realizado indebidamente, en caso de haberse prestado servicios no contratados o en forma diferente a lo establecido.


DÉCIMO PRIMERO. – EXCLUSIONES GENERALES:

No son objeto de la cobertura detallada en este anexo, ni darán lugar a reclamaciones, las prestaciones y hechos siguientes: 

a) Los servicios que el beneficiario haya concertado por su cuenta.

b) Los gastos de asistencia médica y hospitalaria, que no se encuentren cubiertos en las presentes Condiciones Generales, por ejemplo estudios, internaciones, intervenciones quirúrgicas, medicamentos, etc. 

c) Las asistencias médicas de rutina, consultas de control, con fines estéticos, así como cualquier prestación que resulte de un tratamiento. 

d) Gastos de asistencia médica y hospitalaria. 

e) Enfermedades o lesiones crónicas diagnosticadas con anterioridad. 

f) Muerte o lesión originados directa o indirectamente por hechos punibles o acciones dolosas del beneficiario. 

g) Asistencia de gastos derivados de prácticas deportivas de competición. 

h) Medicamento de uso ambulatorio sin receta.


DÉCIMO SEGUNDO. – FORMA DE PRESTAR LOS SERVICIOS:

Las prestaciones que se obliga a brindar el PRESTADOR, podrán ser realizadas por empresas profesionales tercerizadas o proveedores idóneos designados por el PRESTADOR. El PRESTADOR se obliga a informarle al CONTRATANTE  en un plazo de diez días hábiles luego de celebrar cualquier contrato de tercerización con aquella empresa que preste algún servicio objeto de este contrato, en este caso dicho contrato debe contener los siguientes aspectos: Fecha del contrato, Nombre del prestador de servicios tercerizados, Objeto del contrato y Domicilio donde se prestan los servicios. 

Así mismo el PRESTADOR acepta que se realicen las auditorías que correspondan por parte del Banco Central del Uruguay y de la entidad contratante, la que será extensible a las empresas subcontratadas establecido en la Comunicación Nº2016/2011 del Banco Central del Uruguay. 


DÉCIMO TERCERO. – RESPONSABILIDAD:

RUA ASISTENCIA contratará los servicios asistenciales de terceras empresas proveedoras. Sin perjuicio de ello, frente al CONTRATANTE y frente a los Beneficiarios, RUA ASISTENCIA será responsable de cualquier daño o perjuicio causado en la prestación de dichos servicios, sin perjuicio de su derecho de repetir contra su proveedor.

Las obligaciones que asume RUA ASISTENCIA conforme al presente contrato quedarán limitadas a la prestación de los servicios de asistencia previsto, excluyéndose en todo caso, daños morales, de imagen comercial, daños indirectos, lucro cesante (que ni RUA ASISTENCIA ni el Beneficiario podrán reclamarse).

La responsabilidad de RUA ASISTENCIA cesará automáticamente cuando cada uno de los beneficios previstos sea proporcionado. 


DÉCIMO CUARTO – PLAZO

La duración del presente se extiende por un año a partir de fecha de contratación del servicio, renovándose automáticamente por igual período, de no mediar manifestación expresa del Contratante con una anterioridad no inferior a 90 días. Dicha notificación deberá ser por escrito en las oficinas de la Empresa. 


DÉCIMO QUINTO – SOLICITUD DE ASISTENCIA

Todos los servicios deben ser solicitados al PRESTADOR al número telefónico específico destinado a tales efectos 2 915 97 43, durante las 24 horas del día y los 365 días del año. Los referidos servicios serán atendidos por el PRESTADOR con la mayor prontitud posible. El Beneficiario deberá indicar, además del tipo de servicio que requiera, los siguientes datos: * Nombre y apellidos. * Dirección de la vivienda. * Número de teléfono. La llamada telefónica será considerada como aviso o denuncia de asistencia, por lo cual el Beneficiario autoriza expresamente al PRESTADOR para que ella sea grabada  o registrada informáticamente, con el fin de que quede constancia de la denuncia respectiva y de la gestión que se le haya dado. La compañía procesará la solicitud del Beneficiario, una vez recibida la notificación del evento, expidiéndose sobre la misma en un plazo máximo de 15 días hábiles.


DÉCIMO SEXTO - NORMAS GENERALES: 


(A) COOPERACIÓN

El Beneficiario cooperará con DARAMIX S.A., a los efectos de permitir el buen desarrollo de las asistencias previstas, y se entenderá que el Beneficiario renuncia a su derecho a recibir asistencia en caso de que no acepte cooperar, ni acepte las instrucciones que reciba por parte de DARAMIX S.A. 

El Beneficiario suscribirá todos los documentos que se le requieran a los efectos previstos para recobrar losgastos e  indemnizaciones pagadas de quien proceda y asistirá a las audiencias judiciales en las que sea necesaria su presencia en caso de trámite judicial.


(B) LIMITACIÓN

En caso de accidente o incidente que pueda generar una prestación asistencial, el Beneficiario deberá tomar todas las medidas necesarias para limitar sus derivados y consecuencias.


(C) SUBROGACIÓN:

DARAMIX S.A. se subrogará al Beneficiario hasta el límite de los gastos realizados o de las cantidades pagadas, en los derechos y acciones que correspondan al mismo contra cualquier responsable de un accidente que haya dado lugar a la prestación de alguna  de las garantías descriptas. 


(D) RESPONSABILIDAD:

La mayor parte de los proveedores de los Servicios asistenciales son contratistas independientes y no empleados ni subordinados de DARAMIX S.A. por lo cual DARAMIX S.A. será responsable de cualquier acto u omisión por parte de dichos proveedores que actúen en nombre de DARAMIX S.A. Se definen  Proveedores;los médicos, hospitales, clínicas, ambulancias, hoteles, grúas, y cualquier otra entidad proveedora de la asistencia de acuerdo con una referencia de DARAMIX S.A.  a un beneficiario. 

Las obligaciones y responsabilidades que asume DARAMIX S.A. conforme al presente contrato quedarán limitadas a la prestación de los servicios de asistencia previsto, excluyéndose en todo caso, daños morales o emergentes, de imagen comercial, daños indirectos, lucro cesante, multas o sanciones, el retraso de la presencia del Beneficiario en destino o en su domicilio, así como cualquier prestación establecida que tenga naturaleza punitiva o de ejemplaridad.


(E) CANCELACIÓN:

DARAMIX S.A. estará en pleno derecho de cancelar la prestación de las garantías previstas en los casos en que el Beneficiario causara o provocara intencionalmente un hecho que dé origen a la necesidad de prestar cualquiera de los servicios aquí descriptos, o si el Beneficiario omitiera información o proporcionara intencionalmente información falsa o errónea.


 (F) DECLARACIÓN:

El uso del servicio de asistencia implica la conformidad con el presente programa.


(G) EXCLAUSIONES GENERALES:

No son objeto de la cobertura detallada en este anexo, ni darán lugar a reclamaciones, los servicios que el beneficiario haya concertado por su cuenta y los gastos que no se encuentren cubiertos en las presentes Condiciones Generales.


(H) CENTRAL DE ALARMA:

En cuanto se produzca un accidente o incidente que pueda motivar la intervención asistencial, el Beneficiario podrá llamar a la central de alarma las 24 horas del día durante todo el año, al número 29159743.